¿Cómo puede la empresa prescindir de sus trabajadores?

 EREERTE
Regulación
Artículo 51 Estatuto de los trabajadores (ET)
DESPIDO
Artículo 47 Estatuto de los trabajadores (ET) MODIFICACIÓN o SUSPENSIÓN TEMPORAL contrato trabajo

Procedimiento AdministrativoModificación: ej. Reducción jornada, supresión horas extraordinarias
MotivosCese Actividad Problemas económicos, técnicos o jurídicos muy serios únicamente solucionables con reducción de personalEmpresas con crisis temporal.
Tener en cuentaSi se despiden 10 trabajadores en menos de 90 días (empresas -100 trabajadores) es despido colectivo.Con la suspensión del contrato se puede solicitar PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
Indemnización?20 días salario por año trabajadoNo cabe
AM ABOGADOSTelf 977 24 53 17 (24/7) Fax 977 23 87 85 info@amsoluciona.com

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